La Dirección del Trabajo emitió un dictamen que permite a los padres y madres de niños o niñas menores de 12 años que trabajan para un empleador realizar sus labores a distancia, mediante el teletrabajo, durante las próximas vacaciones de invierno, que se comenzarán el 30 de junio y finalizarán el 25 de julio.
Esta iniciativa obedece a que el Ministerio de Educación (Mineduc) adelantó el período de descanso de los escolares al 30 de junio para evitar una mayor propagación de los casos de covid-19.
Este dictamen fija el sentido y alcance de la Ley 21.391, que modifica el Código del Trabajo, «estableciendo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para el cuidado de niños o niñas y personas con discapacidad, en los casos que se indica».
La ley en cuestión consta de un artículo único, que incorpora el artículo 206 bis al Código del Trabajo, en el que se establece que, en el caso de la autoridad declare estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, o una alerta sanitaria con una ocasión de una epidemia o pandemia, el empleador se encontrará obligado a ofrecer esta modalidad.
El dictamen agrega que la modalidad de trabajo a distancia, o teletrabajo, se mantendrá vigente «mientras se mantengan las circunstancias especiales, salvo acuerdo de las partes».
Por último, indica que las labores a distancia «se realizarán sin reducción de remuneraciones, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitieren y el o la trabajadora consintiere en ello».