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Indígenas tendrán poder de veto: no habrá cambios sin su consentimiento

De ganar el Apruebo los chilenos no solo deberán esperar hasta 2026 para hacer cambios a la nueva Constitución, sino que además cualquier modificación deberá ser aprobada por los pueblos indígenas

La Convención Constitucional culminó su última votación en la que decidió que los pueblos originarios y naciones indígenas tendrán poder de veto para modificar la nueva Constitución; lo que significa que “aprobar para luego reformar” ya no sería una opción.

Este martes 28 de junio finalizó la labor de los constituyentes que finalmente decidió no modificar la norma del borrador que establece que los pueblos indígenas deberán dar consentimiento a todos los cambios que deseen hacerse en el texto en caso de que gane el Apruebo.

Los chilenos entonces no solo deberán esperar hasta 2026 para hacer cambios a la nueva Constitución, sino que además cualquier modificación deberá ser aprobada por los pueblos indígenas.

A partir de hoy el borrador ya no será más un borrador y pasará a ser la propuesta constitucional que se votará el próximo 4 de septiembre. Ya la Comisión de Armonización hizo su trabajo y pese a ello, algunas de sus propuestas fueron rechazadas.

Ahora tras esta última votación tocará esperar que el próximo 4 de julio los constituyentes entreguen la propuesta final al Presidente de la República, Gabriel Boric.

¿Qué dice exactamente el texto sobre el consentimiento indígena?

Este punto llegó a ser catalogado por la Comisión de Armonización como una inconsistencia por lo que debía ser modificado; sin embargo, la propuesta de Armonización fue rechazada quedando el texto original.

El borrador establece que se deberá pedir el consentimiento de los pueblos indígenas en materias o asuntos que les afecten en sus derechos constitucionales; también se les deberá consultar en materias relacionadas con medidas administrativas y legislativas.

“Los pueblos y naciones preexistentes al Estado deberán ser consultados y otorgarán el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución”, señala el texto aprobado por la Convención.

Esto quiere decir que en la práctica las comunidades indígenas se asegurarán de que nada pueda cambiar sin ellos, mientras que al tener poder de veto se asegurarán de que todas las normas legislen a su favor y no obstante a favor del pueblo chileno en general.