La legislación sobre el aborto en Colombia podría cambiar en los próximos días dependiendo de lo que decida la Corte Suprema en torno a la despenalización total de esa práctica.
El Código Penal considera legal el aborto desde 2006 en tres casos específicos: violación o incesto, malformación fetal que haga inviable su vida, o cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico.
Pero quien se practique un aborto o quien lo practique, por fuera de estos tres escenarios, comete un delito.
Así lo expone el artículo 122 del Código Penal colombiano: «La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y a la misma sanción estará sujeto quien, con el consentimiento de la mujer, realice la conducta prevista en el inciso anterior».
«La interrupción voluntaria del embarazo por las tres causales descritas en la sentencia C-355 de 2006, es un derecho fundamental de las mujeres que debe ser garantizado por el Sistema de Seguridad Social en Salud. Ésta, además, pertenece a la esfera íntima o privada lo cual obliga a proteger la confidencialidad de las mujeres que la soliciten y a no ser sometida a una revictimización, discriminación, culpa o estigma», dice el Ministerio de Salud de Colombia.
Hace más de un año, el movimiento feminista Causa Justa presentó una demanda para que el tribunal analizara la ineficacia de ese delito. La Corte, tras analizar 114 escritos técnicos de expertos en salud, derecho penal y libertad de conciencia, tomará una decisión a finales de esta semana.
Para ser aprobada la despenalización del aborto, el tribunal necesita mayoría simple con el voto favorable de cinco de los nueve magistrados.
El reciente informe Criminalización por el delito de aborto en Colombia señaló que entre 2006, cuando se aprobó la despenalización parcial, y 2019, 346 mujeres fueron sancionadas, una cuarta parte de ellas son menores de entre 14 y 17 años.
De acuerdo con el estudio, las mujeres que deciden abortar tienen mayor probabilidad de sufrir procesos penales cuando son víctimas de violencia intrafamiliar o abuso sexual. Al menos el 42% de las que son judicializadas sufrieron violencia de género.
Ana Cristina González, pionera del movimiento que aglutina a 99 organizaciones feministas, sostuvo: «Si la Corte decide despenalizar el aborto, le estaría diciendo al país que toma decisiones que apuntan a eliminar la discriminación de las mujeres. Haría justicia con las mujeres. Significaría que el tribunal reconoce a las mujeres como sujetos morales plenos, con conciencia y con capacidad de tomar decisiones, cosa que todas sabemos».
Mientras la Corte toma su decisión, el aborto sigue ocurriendo de forma clandestina y las clínicas ilegales están a la vista de todos. En el céntrico barrio de Teusaquillo, en Bogotá, hay una zona donde confluyen fundaciones privadas legales (como Profamilia y Oriéntame, que hacen educación sexual e interrupciones del embarazo con protocolos seguros) al lado de centros clandestinos donde se hacen abortos. En muchas ocasiones están en calles enfrentadas o a pocas cuadras unas de otras.
Bajo la metodología de Marie Stopes, una organización internacional de derechos reproductivos, el movimiento de Colombia hizo un análisis sobre 60.000 interrupciones voluntarias del embarazo realizadas en los últimos doce años en Oriéntame (fundación privada legal) y concluyó que se evitaron 16 muertes maternas, 25.000 nuevos embarazos no deseados y 10.000 nuevos abortos.