La Convención Constitucional (CC) de Chile votó semana el informe final de normas transitorias de la nueva Carta Magna -cuyo texto final debe estar definido el 4 de julio para luego ser votado en el plebiscito de salida del 4 de septiembre próximo- y en lo referente a la Seguridad quedaron una serie de «vacíos» que generan preocupaciones entre la sociedad.
El texto omite el concepto de terrorismo, elimina el estado de excepción constitucional de emergencia y que las manifestaciones deben ser sin armas.
Además, autoriza que las personas se manifiesten en lugares privados de «acceso público», como podrían ser oficinas o centros comerciales, en vez de mencionar espacios de «uso público», como calles, parques y plazas.
Asaltos, narcotráfico, ataques incendiarios y mayor presencia de armas en actos delictivos, son situaciones que tienen a la seguridad como una de las mayores preocupaciones ciudadanas, según distintas encuestas.
En la CC este tema estuvo presente y, de hecho, en el capítulo de Derechos Fundamentales el borrador señala que «todas las personas tienen derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia». Pero ese es solo uno de los cambios.
Una de las modificaciones respecto de lo que rige actualmente es que el concepto «terrorismo» no aparece en el borrador.
Este es mencionado en la Constitución actual, que señala que el terrorismo es contrario a los derechos humanos. Para ello establece penalidades e indica que perderá el derecho a sufragio «la persona acusada por delito que la ley califique como conducta terrorista».
El borrador, además, elimina el estado de excepción constitucional de emergencia, que actualmente se puede invocar «en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la nación».
Algunos constituyentes defendieron su eliminación, tal es el caso de Ricardo Montero (Colectivo Socialista), quien escribió en Twitter el 14 de junio que es «importante destacar que, para resguardar los DD.HH., en los nuevos EEC (estados de excepción constitucional) se intensifica el control democrático, el jefe del EEC siempre será un civil, aumenta el control por parte del Poder Legislativo y se le entregan nuevas facultades a los tribunales de justicia».
Pero el convencional Felipe Harboe (Colectivo del Apruebo) sostuvo: «El texto constitucional no da las señales adecuadas, por ejemplo, cuando al Presidente se le quita la posibilidad de decretar estado de emergencia, se le está quitando la potestad de hacerse de una herramienta que ha demostrado ser útil en el control de acciones terroristas y de controlar la situación migratoria, como ocurre en el norte».
Se trata del mismo estado de excepción que esta semana el gobierno de Gabriel Boric pidió al Congreso renovar para la macrozona sur para resguardar las rutas, argumentando que fue efectivo para disminuir los hechos de violencia.
La Carta Magna vigente, además, establece «el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas. Las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público se regirán por las disposiciones generales de policía».
Mientras, el texto de la CC señala en el capítulo de Derechos Fundamentales que «toda persona tiene derecho a reunirse y manifestarse pacíficamente en lugares privados y públicos, sin permiso previo. Las reuniones en lugares de acceso público solo podrán restringirse en conformidad con la ley».
De esta forma, la propuesta omite la exigencia de que las manifestaciones deben realizarse sin armas -otro capítulo, sobre el Poder Ejecutivo, dice que ninguna persona, grupo u organización podrá poseerlas o portarlas salvo en los casos que señale la ley-, y agrega que se pueden efectuar en «lugares privados» y las autoriza en espacios de «acceso público», como podrían ser oficinas, supermercados, centros comerciales, establecimientos educacionales, en vez de «uso público», por ejemplo, calles, parques y plazas.
Esto se discutió en la comisión de Derechos Fundamentales el 27 de enero pasado. Allí, Tatiana Urrutia (Frente Amplio) afirmó: «Precisamente porque estamos en una democracia del siglo XXI, no hemos agregado que el derecho a reunión deba realizarse de manera pacífica y sin armas. ¿Alguien duda que este derecho debe ejercerse pacíficamente?».
«Lo que ha habido es una preconcepción de base respecto de estos temas de un grupo mayoritario donde por más que uno argumentara o mostrara evidencia, les daba lo mismo. Pareciera que para ellos la seguridad es un tema conservador y restrictivo, pero la seguridad es condición básica para la libertad», apuntó Felipe Harboe, quien fue uno de los convencionales que plantearon mejorar la redacción.
El borrador indica cuatro autoridades o instituciones que tienen como deber garantizar la seguridad.
Uno es el presidente, respecto del cual se plantea entre sus atribuciones «conducir la seguridad pública», con lo cual el mandatario podría ser considerado responsable directo del actuar de las policías.
Las otras son las policías; el Ministerio Público (se le asigna el ejercicio de la acción penal, «impartir órdenes directas a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública e incluso participar en la fijación de metas») y las comunas autónomas (‘»promoción de la seguridad ciudadana»).
Compensaciones
La propuesta, además, se explaya sobre derechos de individuos privados de libertad y establece que «toda persona que sea absuelta, sobreseída o que no resulte condenada, será compensada por cada día que haya permanecido privada de libertad».
Esto fue mencionado por expertos como un eventual desincentivo a los jueces para dictar la prisión preventiva como medida cautelar, ya que estos serían evaluados por el Consejo de la Justicia que crea la CC y, si sus resoluciones provocan un alto gasto por estas compensaciones, podrían ser mal evaluados.
El 24 de febrero Mauricio Daza (INN) aseguró en la comisión de Sistemas de Justicia que la norma era perfectible.
«El problema que veo es que hay distintas hipótesis para decretar la prisión preventiva, y estas muchas veces no se desvirtúan en virtud de una absolución posterior como, por ejemplo, la necesidad de establecerla para el éxito de una determinada diligencia», explicó.
«Se contempla un largo estatuto para las personas privadas de libertad, pero no para las víctimas. La compensación me parece un tremendo despropósito. Pareciera haberse hecho pensando en los ‘presos de la revuelta’, pero podría terminar compensándose a narcotraficantes», completó Felipe Harboe.
El texto aprobado por el pleno tuvo cambios en las últimas semanas. Ya se había visado que «las acciones de prevención, persecución y sanción de los delitos serán desarrolladas por los organismos que señale esta Constitución y la ley».
Sin embargo, la comisión de Armonización eliminó la alusión a la persecución y sanción, quedando estas solo mencionadas al definir las atribuciones del Ministerio Público.
El pleno votará la redacción final a partir del 28 de junio y hasta el 4 de julio. De ahí en más, habrá que esperar hasta el 4 de septiembre, día de la votación del plebiscito de salida de la nueva Constitución.